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Síndrome post aborto y salud mental parte 2

Dr. Edgar Hernández Gálvez M.Sc.

Médico Psiquiatra. Psicólogo Clínico
Profesor y Asesor de ICEF
23 de agosto de 2021

En el caso de un aborto provocado, la madre del niño, ya concebido y no nacido, percibirá su embarazo como una agresión (agresión a su “libertad”, a sus planes personales de vida: unas vacaciones planeadas, una tesis no concluida, una oportunidad de promoción en su empleo, un desencanto a su familia etc.).

Sea cual fuere el motivo, la consecuencia de percibir su embarazo como una agresión, desencadenará una emoción colérica; pero a diferencia de la cólera normal, que se dirige al sujeto agresor, ésta se desplazará a un ser inocente y consecuentemente la madre misma se convertirá en sujeto agresor de su propio hijo. La vivencia íntima posterior de ser un agresor, despertará en ella cólera contra sí misma y de allí la comprensión de los síntomas que, obviamente, tienen un claro sentido auto punitivo.

Normalmente en la consulta profesional la paciente no mencionará como parte de su anamnesis personal, su experiencia de aborto provocado. Es importante que el terapeuta la tenga en cuenta e indague sobre ella, sobre todo en aquellos casos en los cuales la historia personal implique relaciones sexuales prematrimoniales, relaciones promiscuas o relaciones con un hombre casado (adulterio).

La sintomatología clínica aparecerá o se intensificará generalmente pasado un año de la experiencia del aborto. De cualquier forma, cuando no se ha presentado la sintomatología clínica pasado un año, su riesgo se mantendrá y serán desencadenantes emocionales: la experiencia de un nuevo embarazo, la incapacidad para concebir un nuevo bebé, la pérdida de un ser querido, o fiestas o celebraciones de fuerte contenido emocional como aniversarios, cumpleaños, día de la madre, bodas, cambios laborales, viajes, navidad, año nuevo, inicio de un año escolar, etc.

Ante un caso de Síndrome Post – Aborto (SPA) se impone la actitud terapéutica y comprensiva. Junto al abordaje psicoterapéutico (no existe, a mi juicio, otra forma eficaz de ayuda para resolver el conflicto), deberá como consecuencia de la elaboración psicoterapéutica, buscarse también la referencia a la ayuda espiritual, según la religión de la paciente. En el caso de pacientes ateas el proceso psicoterapéutico, siempre, es más largo y doloroso.

El Síndrome Post – Aborto (SPA) constituye, dentro del proceso de la psicoterapia, uno de los conflictos existenciales más importantes ya que la madre y/o el padre del niño abortado toman conciencia de la responsabilidad directa que han tenido al suprimir la vida de un inocente bajo pretexto de salvaguardar la propia. Vida por vida, ha sido, hasta ahora, el criterio de su racionalización. Sin embargo, al profundizar en su psicoterapia descubren, con dolor, que la cólera desplazada era su único móvil.

No existe, según mi experiencia clínica, conflicto existencial mayor que el descubrir la culpa parricida.

La sintomatología clínica que personalmente he encontrado en pacientes con SPA, atendida tanto en la clínica privada como en el consultorio de la seguridad social, en el periodo en un año, ha sido:

Casos SPA
N: 92 (100%)

Mujeres
N: 78
%: 85

Hombres
N: 14
%: 15

SPA Sintomatología de consulta

Depresión/Cefalea
N: 28
%: 30

Trastornos del sueño
N: 20
%: 22

Etilismo
N: 17
%: 18

Frigidez/Impotencia

Dispareunia
N: 14
%: 15

Gastro-intestinales (o referidos al abdomen)
N: 8
%: 9

Otros (crísis de angustia, fobias, etc.)
N: 5
%: 6

Concluyamos afirmando, que, ante un caso de SPA, el profesional de la salud mental debe trabajar en la culpa subyacente a los síntomas clínicos que presenta el paciente y siempre debe adoptar la postura terapéutica comprensiva, apoyándose en los más claros principios axiológicos.

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